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Un juez ordenó que no se publique más la imagen y los datos de la mujer involucrada en el escándalo sexual en un vuelo de Copa

ROSARIO.— El juez civil y comercial Ezequiel Zabale ordenó a un grupo de medios de comunicación nacionales que cesen de manera inmediata la publicación de la fotografía sin pixelar y los dato...

ROSARIO.— El juez civil y comercial Ezequiel Zabale ordenó a un grupo de medios de comunicación nacionales que cesen de manera inmediata la publicación de la fotografía sin pixelar y los datos personales de S.M.O., la mujer de 59 años que fue demorada por la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) tras un presunto episodio sexual a bordo de un vuelo de Copa Airlines que unía Ciudad de Panamá con Rosario.

La resolución, fechada el 19 de mayo, fue dictada bajo la figura de medida autosatisfactiva —un mecanismo de tutela urgente que no requiere iniciar un juicio posterior— y alcanza a La Nación SA, Editorial Perfil SA, América TV SA, Territorio Digital SA, Artear SA, Arte Radiotelevisivo Argentino SA, Radio Mitre SA y Comercializadora de Medios del Interior SA.

El caso se remonta al 9 de mayo, cuando una tripulante del vuelo CM 836 denunció ante la PSA que dos pasajeros habían protagonizado actos de índole sexual durante el trayecto. El episodio generó una cobertura masiva: según constató el propio juez mediante una búsqueda en Internet, múltiples medios publicaron la foto de la mujer sin pixelar y sus datos completos —nombre, apellido, ocupación y otros—, pese a que no existía imputación penal ni condena alguna en su contra.

El magistrado fue contundente al evaluar la verosimilitud del derecho invocado por la demandante. Señaló que no hay cuestión de interés público comprometido, que la mujer no es funcionaria pública ni persona expuesta por su actividad a situaciones de conocimiento público, y que la difusión de su imagen vinculada a contenido sexual configura una intromisión arbitraria e ilegítima en su vida privada. Consideró además que la situación representa una forma de violencia de género digital.

Para fundar su decisión, Zabale se apoyó en los precedentes Campillay y Rodríguez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el artículo 52 del Código Civil y Comercial —que protege la dignidad personal—, en los artículos 1710 y 1711 sobre prevención del daño, y en el flamante artículo 29 de la Constitución reformada de Santa Fe, que garantiza a los habitantes la protección de sus datos personales en entornos digitales.

La medida ordena que los medios demandados publiquen únicamente las iniciales de la mujer y su fotografía pixelada. Sin embargo, el juez aclaró que la resolución no alcanza a las notas, publicaciones e impresos ya emitidos en cualquier formato: la orden rige hacia adelante.

Sexo en el avión: qué puede pasar con la pareja denunciada al ser hallada semidesnuda en un vuelo

En un párrafo que anticipa posibles impugnaciones, Zabale subrayó que la medida no constituye censura previa ni violación a la libertad de expresión. Los medios, sostuvo, ya ejercieron plenamente ese derecho al publicar lo que consideraron una noticia de interés, pero ese ejercicio afectó derechos de terceros y por ello deben cesar la difusión futura de los datos identificatorios.

Como informó este medio, el Ministerio Público de la Acusación de Rosario abrió una causa por exhibiciones obscenas contra la pareja involucrada en el episodio, aunque aún no se definió si será investigada por la Unidad de Delitos Sexuales o por Flagrancia. El delito no prevé pena de prisión.

La abogada Victoria Scoccia, que representa a S.M.O. junto al letrado Jorge Resegue, había salido públicamente días antes de la resolución judicial a negar la versión difundida por los medios. En diálogo con Cadena 3 Rosario, la defensora sostuvo que los hechos, tal como fueron relatados, son falsos y que su clienta se vio involucrada en una situación que no ocurrió de la manera en que se viralizó. Aunque evitó profundizar en los detalles del expediente penal, admitió que hubo un episodio confuso a bordo del vuelo en el que participó el otro pasajero demorado, pero negó cualquier conducta indebida de su representada.

Scoccia describió un cuadro devastador en lo personal. Según la letrada, la mujer —empresaria, viuda y madre de familia— se encuentra bajo monitoreo médico y tratamiento psiquiátrico tras la exposición masiva de su identidad. Denunció que fue blanco de mensajes de humillación y hostigamiento en redes sociales y que tuvo que alterar por completo su rutina diaria, desde los lugares donde desayunaba hasta sus actividades de esparcimiento. La defensa también puso en duda un elemento clave de la denuncia original: aseguró que no está comprobado que hubiera una menor de edad en el sector ejecutivo del avión, como sostiene el relato que dio origen a la intervención policial.

Además de la medida autosatisfactiva que prosperó ante el juez Zabale, Scoccia anticipó que están preparando una acción civil por daños contra quienes difundieron la imagen y los datos personales de su clienta, en un reclamo vinculado a los derechos personalísimos. La abogada advirtió que evaluarán responsabilidades en toda la cadena, desde quienes participaron del procedimiento en la aeronave hasta los medios que reprodujeron la información sin resguardo alguno.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/sociedad/un-juez-ordeno-que-no-se-publique-mas-la-imagen-y-los-datos-de-la-mujer-involucrada-en-el-escandalo-nid21052026/

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