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¿Conviene adherirse?: en qué casos recomiendan los tributaristas sumarse a la iniciativa para usar los “dólares del colchón”

El Gobierno envió al Congreso el nuevo proyecto de Inocencia Fiscal, con el objetivo de que más argentinos se adhieran a la iniciativa oficial y que usen los dólares que tienen guardados “deba...

El Gobierno envió al Congreso el nuevo proyecto de Inocencia Fiscal, con el objetivo de que más argentinos se adhieran a la iniciativa oficial y que usen los dólares que tienen guardados “debajo del colchón”. Sin embargo, el calendario impositivo se desajustó luego de que el Gobierno prorrogara la presentación jurada de Ganancias hasta finales de agosto, mientras que cientos de contribuyentes están a la espera de conocer si podrán adherirse en caso de que prospere la nueva ley en el recinto.

Con esto, desde el Ministerio de Economía buscan que parte de los US$170.000 millones que están fuera del sistema se vuelquen a la economía. Esto se debe a que el Régimen Simplificado de Ganancias, si el contribuyente se adhiere y paga en término, le genera un “tapón fiscal” y podrá usar los dólares que tiene guardados debajo del colchón sin que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) haga foco en las variaciones patrimoniales.

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“Para las personas, tener los dólares debajo del colchón es un muy mal negocio“, advirtió este miércoles el ministro de Economía, Luis Caputo, durante la conferencia en la que presentó los cambios que tendrá la nueva ley de Inocencia Fiscal. La apuesta del Gobierno es que la iniciativa dinamice la economía, ya que los contribuyentes podrían comprarse una casa o cambiar su auto con dinero que hasta ahora tenían paralizado.

“El régimen tiene varios beneficios que lo hacen una opción más que atractiva para cualquier persona que hoy esté en condiciones de ingresar. Los beneficios no sólo están vinculados a quien quiere depositar dólares no declarados como ayer enfatizó el Gobierno en su conferencia de prensa sino que también hay beneficios muy atractivos para las personas que declararon correctamente sus impuestos y patrimonios, que están vinculados a un cambio histórico de paradigma donde al contribuyente se lo presume buen pagador de impuestos y es ARCA quien tiene que demostrar lo contrario", explicó Florencia Fernández Sabella, socia de LFS Tax.

Hoy pueden adherirse los contribuyentes inscriptos en el Impuesto a las Ganancias que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales y que, durante los tres ejercicios anteriores al período base, no hayan superado ingresos por $1000 millones ni un patrimonio de $10.000 millones. Sin embargo, de aprobarse la nueva ley en el Congreso, esos límites podrían eliminarse y cientos de contribuyentes podrían sumarse a la iniciativa.

“Conviene sumarse cuando el contribuyente tenga certeza de que cumple con los parámetros fijados por la actual legislación para adherir al Régimen Simplificado de Ganancias (topes de ingresos y patrimonio). Pero es importante destacar que el Régimen Simplificado de Ganancias no solo resultaría beneficioso para aquellos contribuyentes que tengan fondos no declarados y quieran incorporarlos al sistema, sino también para aquellos contribuyentes cumplidores de sus obligaciones fiscales que vean en este régimen una oportunidad para aprovechar los beneficios del denominado ‘tapón fiscal’ en relación con el propio Impuesto a las Ganancias y con el IVA, por los períodos fiscales no prescriptos", sumó Leonardo Favaretto, socio de impuestos de BDO en Argentina.

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El “tapón fiscal” es el mecanismo que establece ARCA para que no puedan reabrirse las declaraciones juradas de ejercicios anteriores salvo que detecte una “discrepancia significativa” entre lo declarado y lo que detecta el fisco, lo cual puede hacer caer los beneficios. Pero la discrepancia significativa también podría modificarse con el nuevo proyecto, el cual prevé que se traslade a ARCA, y no al contribuyente, la carga de probar la diferencia.

“Conviene adherirse en todos los casos. Es un régimen extremadamente beneficioso para el contribuyente, porque simplifica la metodología de presentación de la declaración jurada, no se tienen que exteriorizar los consumos, tampoco el patrimonio en el inicio del cierre del ejercicio. Y si se aprueba la ley, habría mayores beneficios y certidumbres, porque la discrepancia significativa operará cuando el monto del ajuste supere los $5 millones y, muy importante, se podrá rectificar la declaración jurada. Pero no condicionaría la decisión a lo que finalmente se apruebe en el Congreso”, agregó Marcelo Rodríguez, contador público y CEO de MR Consultores.

El calendario impositivo prevé que los contribuyentes paguen el impuesto correspondiente al período fiscal base antes del lunes 27 de julio. Pero esta semana se oficializó que habrá tiempo hasta el 27 de agosto para hacer la presentación de la declaración jurada de Ganancias, un pedido que habían hecho los contadores y que pusieron sobre la mesa en una reunión que tuvieron con el ministro de Economía.

“La determinación y el pago del impuesto bajo este régimen resultan menos engorroso y más sencillos que en el régimen general, dado que no se declaran ni los bienes ni el detalle del monto consumido. Además, la información de los ingresos y gastos viene predeterminada por el propio fisco, sin perjuicio de que el contribuyente pueda modificarla y eventualmente agregar o eliminar conceptos e importes no incluidos", sumó Favaretto.

En general, la secuencia “lógica” del calendario impositivo es adherirse al Régimen Simplificado de Ganancias, luego presentar la declaración jurada y, finalmente, hacer el pago correspondiente del impuesto. No obstante, con la decisión del Gobierno de mantener la fecha de pago para este mes -y así no afectar la recaudación- y correr la presentación de las declaraciones juradas, ese esquema se alteró.

“Si una persona ya sabe que puede adherirse al régimen, lo recomendable es hacerlo ahora, pagar el impuesto y presentar más tarde la declaración jurada. Pero si el individuo no sabe aún si se podrá adherir y está al pendiente de la reforma legal con la presentación en el Congreso, entiendo que no sería necesario hacer la decisión ahora, porque muchos contribuyentes ya presentaron por el Régimen General. Pero esto no quita que el día de mañana puedan hacerlo, una vez que estén habilitados", cerró Rodríguez.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/conviene-adherirse-en-que-casos-recomiendan-los-tributaristas-sumarse-a-la-iniciativa-para-usar-los-nid24072026/

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